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Unidades presupuestadas: claves del Decreto 127 sobre estructura y gestión laboral

Unidades presupuestadas: claves del Decreto 127 sobre estructura y gestión laboral

En la más reciente emisión del segmento Derecho Laboral de la revista informativa Como lo Oyes, el profesor Osmany Faustino Rodríguez Hernández abordó los principales alcances del Decreto 127 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, normativa que regula el objetivo y funcionamiento de las unidades presupuestadas.

Durante el espacio, el especialista explicó que esta disposición establece, desde la perspectiva de los recursos humanos, la necesidad de diseñar una estructura organizativa y una plantilla de cargos acorde con las funciones específicas de cada entidad. Uno de los principios esenciales es la simplificación: se busca una estructura plana, que reduzca al mínimo las unidades organizativas y los niveles de dirección, en contraposición al modelo piramidal tradicional.

Asimismo, Rodríguez Hernández destacó la clasificación de las unidades presupuestadas como uno de los aspectos más novedosos:

  • Unidades de prestación de servicios: encargadas de ejecutar labores en sectores como salud, educación, cultura y deporte, así como trámites diversos. Ejemplificó que un hospital o un policlínico pueden constituirse como tales, mientras que en ocasiones la Dirección Municipal de Salud o Educación opera como unidad presupuestada y las escuelas quedan como establecimientos subordinados.

  • Entidades de regulación y control: aquellas que, en su ámbito de competencia, emiten disposiciones normativas, técnicas y de procedimiento, realizan actividades registrales, controlan e inspeccionan el cumplimiento de la legislación. Mencionó como posibles ejemplos el registro ganadero o el de la tierra, así como unidades que prestan servicios a direcciones funcionales (Trabajo, Vivienda, Justicia, entre otras).

  • Entidades de aseguramiento: dedicadas a funciones contables, financieras y de gestión del capital humano.

En cuanto a la gestión financiera, el profesor precisó que estas unidades se nutren fundamentalmente del presupuesto estatal asignado. No obstante, advirtió que aquellas unidades presupuestadas que generen ingresos podrían, previa solicitud a los niveles superiores, transitar hacia el sistema empresarial.

El segmento concluyó con el llamado a trabajadores y directivos a mantenerse informados sobre esta normativa, cuyo cronograma de divulgación se extiende hasta el próximo 15 de junio.

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Desde la Antena,  Derecho Laboral

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