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Claves sobre la terminación del contrato de trabajo

Claves sobre la terminación del contrato de trabajo

En la más reciente emisión del segmento Derecho Laboral de la revista informativa Como lo Oyes, el profesor Osmany Faustino Rodríguez Hernández abordó las causales de terminación del contrato de trabajo, un tema que ha generado dudas y consultas entre los trabajadores en la Dirección de Trabajo del territorio.

Causales de terminación del contrato de trabajo

El especialista explicó que, según el artículo 45 del Código de Trabajo, el contrato laboral puede terminar por varias vías: acuerdo mutuo entre las partes, iniciativa de una de ellas, jubilación del trabajador, fallecimiento, extinción de la entidad sin subrogación, o vencimiento del término fijado para contratos temporales o por obra determinada.

En cuanto a la terminación por voluntad del trabajador, el profesor Rodríguez Hernández detalló los plazos de aviso previo que deben cumplirse por escrito. Para técnicos, operarios, administrativos y de servicios con contratos por tiempo indeterminado, el plazo es de 30 días hábiles. Para contratos a tiempo determinado o por obra, el aviso es de 15 días hábiles. En el caso de técnicos que requieren nivel superior para desempeñar su cargo, el aviso previo se extiende hasta cuatro meses.

Particularidades del personal docente y terminación por iniciativa del empleador

El docente explicó que, en el caso del personal docente, la baja puede hacerse efectiva entre la conclusión del curso escolar y el inicio del próximo, con excepción de las solicitudes por pensión por edad o invalidez, que se ejecutan en el momento en que se concede el derecho. De esta forma se evita que los alumnos queden con las clases inconclusas.

Sobre la terminación por iniciativa del empleador, el profesor citó varias causales: pérdida de idoneidad demostrada del trabajador, reubicación definitiva fuera de la entidad sin aceptación, aplicación de medidas de separación definitiva, cumplimiento del plazo de licencia de maternidad sin reincorporación, sanción de privación de libertad superior a seis meses, y no reincorporación al vencimiento de una retribución concedida, entre otras.

Protecciones al trabajador durante ciertos periodos

Finalmente, el especialista aclaró que la administración no puede notificar la terminación del contrato por iniciativa del empleador cuando el trabajador se encuentre en licencia de maternidad (retribuida o no), durante un periodo de incapacidad por enfermedad o accidente, durante el cumplimiento de movilizaciones militares, durante el disfrute de vacaciones, o en periodos de suspensión legal de la relación laboral.

El segmento Derecho Laboral se emite semanalmente en Como lo Oyes, por las frecuencias de Radio Sancti Spíritus, con el objetivo de acompañar a los trabajadores en el conocimiento y ejercicio de sus derechos.

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