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Licencias, traslados y salarios para trabajadoras gestantes y madres con hijos

Licencias, traslados y salarios para trabajadoras gestantes y madres con hijos

En la más reciente emisión del segmento Derecho Laboral de la revista informativa Como lo Oyes, el profesor Osmany Faustino Rodríguez Hernández abordó las principales dudas de los trabajadores sobre el Decreto-Ley número 56, relacionado con la maternidad laboral y las licencias retribuidas para madres y padres.

Traslado y salario para trabajadoras gestantes

El especialista explicó que toda trabajadora gestante que, por prescripción médica, no pueda permanecer en su cargo por considerar que este resulta perjudicial para el embarazo, tiene derecho a ser trasladada a otro puesto de trabajo con la garantía del 100 % de su salario. Dicho salario se calcula con base en el promedio percibido durante los 12 meses anteriores al traslado.

En los casos donde la trabajadora no pueda desempeñar ninguna función laboral por indicación médica, se le abonará igualmente el 100 % del promedio salarial de los últimos 12 meses, hasta el inicio de la licencia prenatal. Para determinar el monto de la prestación económica, que se paga por semana, se divide el salario correspondiente a esos 12 meses entre 52 semanas.

Licencias complementarias y derechos del menor

El profesor Rodríguez Hernández detalló que, durante el embarazo y hasta las 34 semanas (o 32 en caso de embarazo múltiple), la trabajadora tiene derecho a disfrutar de seis días completos o doce medios días de licencia retribuida para atender consultas médicas y estomatológicas. Si estos días resultan insuficientes, pueden otorgarse días adicionales como ausencias autorizadas.

Además, para garantizar el cuidado y tratamiento médico del menor hasta su primer año de vida, la madre o el padre incorporados al trabajo pueden disfrutar de una hora diaria retribuida para la lactancia materna, así como un día de licencia retribuida al mes para acudir al centro asistencial pediátrico.

Licencia no retribuida por cuidado de hijos

Finalmente, el especialista aclaró que cuando la madre o el padre, independientemente del sector al que pertenezcan, se vean impedidos de asistir al trabajo por el cuidado de un menor de hasta 17 años, tienen derecho a una licencia no retribuida de hasta seis meses. Dicha licencia no puede ser inferior a una semana ni superior a tres meses, prorrogable por tres meses adicionales.

El segmento Derecho Laboral se emite semanalmente en Como lo Oyes, por las frecuencias de Radio Sancti Spíritus, con el objetivo de acompañar a los trabajadores en el conocimiento y ejercicio de sus derechos.

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