Establece Consejo de la Administración de Trinidad precios referenciales
A propósito del establecimiento desde este primero de octubre de los precios referenciales aprobados por el Consejo de la Administración Municipal en Trinidad mediante acuerdo 451 del 2026, dialogamos con la vice intendente de ese órgano Maricel González Guerrero.
Para establecer los precios referenciales hubo un proceso previo de diagnóstico y evaluación
Primero se realizó un referencial a todos los productos en venta en el municipio por parte de los actores económicos, Mipymes y TCP, se fue visitando algunos de esos negocios para saber sobre los precios que se estaban aplicando en cada actividad, a partir de esa acción en mesa de trabajo se dialogó con los titulares de las diferentes actividades comerciales para tener conocimiento del porqué de determinados importes. Así pudimos apreciar que en muchos casos la ausencia de la ficha de costo, la falta además de la factura, constituían la principal causa de la subida de los precios con consecuencias lógicamente para la población.
De esa forma a raíz del ejercicio que se llevó a cabo en el municipio del 10 de agosto al 17 de septiembre en función de los precios abusivos y especulativos, a partir de todas las problemáticas que demostró, teniendo en cuenta también las experiencias de otros municipios y provincias, el Consejo de la Administración Municipal en Trinidad acorde a lo que establece la Ley 139 del año 2020, De Organización y Funcionamiento del CAM, tomó la decisión de establecer desde el 1 de octubre precios referenciales para productos alimenticios y de aseo de alta demanda para la población.
Una vez tomada la decisión por el Consejo de la Administración Municipal y para establecer las tarifas a los distintos productos ¿cuál fue el accionar para hacer cumplir el acuerdo?
Como municipio lo primero que hicimos fue una mesa de trabajo con todos los productos de primera necesidad y buscamos referencias tanto en Estadística Nacional de los precios que tenía el país, también de las distintas provincias y por supuesto los que tenemos en el territorio, así llegaos a un consenso utilizando diferentes facturas de los actores económicos y comenzamos a trabajar para poner un precio referencial porque nos dimos cuenta que la mayoría de los negocios lo que hacían era comprar y revender y así no puede ser porque el último en la cadena o sea el pueblo recibe muy alto el precio.
También seguidamente se realizó la capacitación detallada a la Dirección Integral de Supervisión en la que insistimos en que no solo es hacer cumplir lo establecido, sino, además, ser portadores de los criterios emitidos al respecto por vendedores y clientes, ser profesionales en el ejercicio que les corresponde.
¿Cuáles serían las acciones por parte del Consejo de la Administración para saber en qué medida se cumple con lo establecido?
Se llevarán a cabo acciones de control a través de comisiones de trabajo y de los propios inspectores para conocer sobre el impacto de la medida y también se ofrecerá información al pueblo de cómo marcha y el impacto que ha tenido.
Puede suceder que en las diferentes visitas a los actores económicos en una de ellas el inspector encuentre el precio superior a los referenciales aprobados por el Consejo de la Administración. ¿Qué hacer? ¿Cómo actuar?
Si puede suceder, pero en ese caso hay que revisar factura y ficha de costo y si ambas demuestran que está bien establecido el precio, no hay problema puede ser superior, pero reitero demostrando que esa mercancía tuvo un costo mayor al que tenemos en los precios referenciales, en caso contrario lleva lo que establece la Resolución.
Los precios de las mercancías varían en dependencia de muchos factores, entre ellos el comportamiento del valor del euro y el dólar. En un tiempo pueden bajar o subir. ¿En ese caso el Consejo de la Administración puede evaluar la situación y establecer nuevos precios siempre pensando en el pueblo?
Si, el Consejo de la Administración a partir de lo que establece la Ley 139 del año 2020, de Organización y Funcionamiento del CAM haciendo referencia a las facultades que tienen las administraciones locales del Poder Popular para regular precios a determinadas mercancías, puede cambiarlos siempre que sea necesario.
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