Entra en vigor ley 167 del sistema de atención a quejas y peticiones de la población
La Ley 167 del Sistema de Atención a Quejas y Peticiones de la Población entró en vigor desde finales del año pasado.
¿Qué novedades tiene y cómo afecta a las nuevas formas de gestionar quejas? Mayelín Martínez García, jefa del departamento de la Oficina de Atención a la Población del gobierno en la provincia de Sancti Spíritus, tiene los detalles.
Las oficinas pasan a ser unidades organizativas para el sistema de atención a la población. Esto es algo importante que debemos señalar en la Ley 167 y el Decreto 112 que la acompaña.
Por ejemplo, los actores no estatales tienen la obligación de atender las quejas y peticiones de la población cuando las personas acudan por alguna inconformidad con el servicio que están prestando, al igual que con los servidores públicos en la mayoría de nuestras entidades. Un plazo de treinta días para ofrecer respuesta a las quejas se mantiene como está estipulado en la Constitución.
Martínez García añadió que no solo se debe dar una respuesta a la persona que se queja, sino también permitirle seguir el curso del trámite de su asunto, con la posibilidad de llamar para preguntar por el estado de su trámite.
La Ley 167 del Sistema de Atención a Quejas y Peticiones se suma a una serie de legislaciones que, durante los últimos años, han reforzado los derechos legales de los cubanos y señalan la responsabilidad de los directivos con la atención al pueblo.
Como servidores públicos, nuestra razón de ser es el pueblo, y debemos seguir pensando siempre en él. Esta ley es una expresión de los derechos que tiene el pueblo en función de los asuntos que dirige a las instancias correspondientes.
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