Lo que usted debe conocer para importar un vehículo en Cuba

Lo que usted debe conocer para importar un vehículo en Cuba

El ministro de Transporte, Eduardo Rodríguez Dávila, compareció este martes en la Mesa Redonda, de la Televisión cubana, con el propósito de informar acerca de la actualización de la política para la comercialización de vehículos de motor, su importación y transmisión de la propiedad; decisiones enunciadas anteriormente por el titular del sector en la red social Facebook.

Rodríguez Dávila confirmó que esta actualización pretende facilitar, en la medida de lo posible, un mayor acceso a nuevos medios de transporte para la sociedad en su conjunto, y recaudar fondos destinados a sostener y desarrollar el transporte público de pasajeros y las infraestructuras de transporte, para lo cual se necesita de financiamiento en divisas convertibles.

El titular del sector especificó que la actualización de la política posibilitará aprovechar y favorecer cada oportunidad disponible para mejorar la movilidad de los pasajeros y las cargas, así como flexibilizar y simplificar procedimientos en correspondencia con la situación actual.

El ministro de Transporte afirmó que las nuevas disposiciones incluyen un grupo de requisitos exigibles para la entrada de autos a Cuba; de manera que los vehículos que lleguen al país tengan condiciones óptimas de funcionamiento, por ejemplo, en cuanto al combustible que emplean. “El ministerio emitirá recomendaciones a los proveedores para que conozcan qué marcas pueden importar”, expuso Rodríguez Dávila.

Particularmente, en lo referido a la importación se establece:

▪Cualquier persona puede importar directamente, como equipaje no acompañado o envío, ciclomotores o motocicletas eléctricas sin límite de potencia, y remolques o semirremolques ligeros de hasta 750kg de carga en similares condiciones; los aranceles de los remolques y semirremolques serán en divisas.

▪Se podrá importar, como equipaje no acompañado de pasajero o envío, ciclomotores y motocicletas de combustión interna o híbridas, con o sin sidecar, nuevas y de uso (hasta 10 años), de hasta 250 cc.

▪Se autoriza la importación directa de triciclos eléctricos con capacidad superior a dos plazas o con capacidad de carga, tanto por la vía de pasajeros o por envío.

▪El personal que se desempeña en el exterior en misiones oficiales: diplomáticas, empresariales y colaboración, entre otras, puede importar directamente los ciclomotores y motocicletas eléctricas y remolques ligeros de hasta 750 kg, como cualquier ciudadano.

Estas personas podrán importar, también, ciclomotores y motocicletas de combustión interna; pero, además, por una vez un auto económico o medio, nuevo o de uso, de hasta 10 años desde la fecha de su fabricación; para ello deben pagar los aranceles en divisas convertibles.

▪Para el personal en misiones oficiales será requisito para importar el vehículo haber cumplido 2 años de misión continua, entre otros.

Los funcionarios podrán optar por la opción de comprar el carro en Cuba, en lugar de importarlo desde el exterior; en ese caso, estarán exonerados del pago del 100 por ciento del impuesto especial.

FUENTE: Cubadebate

Puntualizó que serán requisitos para importar el vehículo, haber cumplido 2 años de misión continua, entre otros. Los tripulantes, también tendrán la opción de aeronaves y buques tendrán un procedimiento específico.

“Los funcionarios podrán optar por la opción de comprar el carro en Cuba en lugar de importarlo desde el exterior, en ese caso, estarán exonerados del pago del 100% del impuesto especial”.

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