{"id":72162,"date":"2026-06-17T12:10:56","date_gmt":"2026-06-17T16:10:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/?p=72162"},"modified":"2026-06-17T12:10:56","modified_gmt":"2026-06-17T16:10:56","slug":"la-tierra-entra-en-una-nueva-etapa-que-cambia-con-la-futura-ley-de-tierra-agropecuaria-y-forestal-infografia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/la-tierra-entra-en-una-nueva-etapa-que-cambia-con-la-futura-ley-de-tierra-agropecuaria-y-forestal-infografia\/","title":{"rendered":"La tierra entra en una nueva etapa: Qu\u00e9 cambia con la futura Ley de Tierra Agropecuaria y Forestal (+ Infograf\u00eda)"},"content":{"rendered":"<p><strong>En Cuba, la tierra contin\u00faa siendo el principal medio de producci\u00f3n para garantizar alimentos a la poblaci\u00f3n.<\/strong> Sin embargo, durante d\u00e9cadas, las normas relacionadas con su propiedad, posesi\u00f3n, transmisi\u00f3n y uso se dispersaron en m\u00faltiples disposiciones jur\u00eddicas. <strong>El proyecto de <a href=\"https:\/\/www.parlamentocubano.gob.cu\/sites\/default\/files\/documento\/2026-06\/ley-de-tierra-agropecuaria-y-forestal-28-5-26_0.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\">Ley de Tierra Agropecuaria y Forestal<\/a> busca ahora reunir ese entramado normativo en una sola legislaci\u00f3n y actualizarlo para responder a las necesidades actuales del desarrollo agrario.<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan explic\u00f3 Mayra Cruz Leg\u00f3n, directora jur\u00eddica del Ministerio de la Agricultura (MINAG), la futura norma <strong>constituye una actualizaci\u00f3n integral del r\u00e9gimen jur\u00eddico de la tierra y los bienes agropecuarios, al tiempo que preserva los principios hist\u00f3ricos de la Reforma Agraria cubana.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cLa Ley ratifica como premisas los principios y presupuestos de las Leyes de Reforma Agraria de 1959 y 1963, demostrando que es una ley de continuidad revolucionaria\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p>La propuesta legislativa desarrolla adem\u00e1s preceptos recogidos en la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica vinculados a las formas de propiedad sobre la tierra, el derecho a una alimentaci\u00f3n sana y adecuada, el acceso a la justicia, la protecci\u00f3n de personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad y las garant\u00edas del debido proceso.<\/p>\n<p>Asimismo,<strong> reafirma compromisos asumidos por Cuba en instrumentos internacionales como la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales, y la Convenci\u00f3n para la Eliminaci\u00f3n de todas las Formas de Discriminaci\u00f3n contra la Mujer.<\/strong><\/p>\n<h3>Un solo cuerpo legal para m\u00e1s de 25 normas dispersas<\/h3>\n<p>Uno de los principales objetivos de la futura legislaci\u00f3n es poner orden en un marco regulatorio fragmentado.<\/p>\n<p>La directora jur\u00eddica del MINAG se\u00f1al\u00f3 que <strong>la norma permitir\u00e1 unificar de forma sist\u00e9mica m\u00e1s de 25 disposiciones jur\u00eddicas relacionadas con la tierra agropecuaria y forestal.<\/strong><\/p>\n<p>La ley tambi\u00e9n materializa postulados contenidos en la <a href=\"http:\/\/www.cubadebate.cu\/noticias\/2022\/03\/22\/por-que-una-ley-de-soberania-alimentaria-y-seguridad-alimentaria-y-nutricional\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer nofollow\">Ley de Soberan\u00eda Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional<\/a> aprobada en 2022, fortaleciendo la articulaci\u00f3n entre la producci\u00f3n agr\u00edcola y las estrategias nacionales para garantizar alimentos.<\/p>\n<p>Desde una perspectiva pr\u00e1ctica, la nueva regulaci\u00f3n <strong>busca agilizar la entrega de tierras, enfrentar ilegalidades, estimular la permanencia de la fuerza laboral en el campo y ampliar las garant\u00edas jur\u00eddicas de quienes producen.<\/strong><\/p>\n<h3>\u00bfQui\u00e9nes ser\u00e1n considerados productores agropecuarios?<\/h3>\n<p>La futura ley redefine y ampl\u00eda los sujetos reconocidos como productores agropecuarios y forestales.<\/p>\n<p><strong>Adem\u00e1s de campesinos y cooperativas, incorpora expresamente a las empresas, polos productivos, proyectos de desarrollo local y modalidades de inversi\u00f3n extranjera vinculadas al sector.<\/strong><\/p>\n<p>Entre las principales novedades figura <strong>el reconocimiento de las micro, peque\u00f1as y medianas empresas (mipymes) estatales, privadas y mixtas como productores agropecuarios y forestales, una condici\u00f3n que no aparec\u00eda reflejada de manera expresa en la legislaci\u00f3n vigente.<\/strong><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se incluyen los proyectos de desarrollo local relacionados con la producci\u00f3n agr\u00edcola o forestal.<\/p>\n<p>Para Cruz Leg\u00f3n, estos actores constituyen \u201cla base productiva del sistema de la agricultura\u201d, sobre la cual se organizan los procesos productivos y de prestaci\u00f3n de servicios agrarios.<\/p>\n<h3>M\u00e1s facilidades para acceder a tierras ociosas<\/h3>\n<p><strong>La ley actualiza igualmente las reglas para la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo.<\/strong><\/p>\n<p>Las nuevas disposiciones <strong>flexibilizan los procedimientos y ampl\u00edan los beneficiarios potenciales<\/strong>, incluyendo personas naturales cubanas y extranjeras residentes permanentes en el pa\u00eds.<\/p>\n<p><strong>La norma permitir\u00e1 otorgar tierras para la producci\u00f3n agropecuaria y forestal o para el autoabastecimiento familiar.<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se establece la posibilidad de <strong>entregar superficies de hasta 67,10 hect\u00e1reas \u2014equivalentes a cinco caballer\u00edas\u2014 con opciones de crecimiento gradual hasta 268 hect\u00e1reas.<\/strong><\/p>\n<p>Entre las novedades sobresale <strong>la autorizaci\u00f3n para que las mipymes privadas dedicadas a actividades agropecuarias y forestales accedan a tierras en usufructo<\/strong>, siempre que sus proyectos contribuyan al desarrollo municipal, los sistemas alimentarios locales y la producci\u00f3n destinada al consumo territorial, el turismo o las exportaciones.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-72164\" src=\"https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/wp-content\/uploads\/infografia-ley-de-tierras-533x800.png\" alt=\"\" width=\"533\" height=\"800\" srcset=\"https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/wp-content\/uploads\/infografia-ley-de-tierras-533x800.png 533w, https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/wp-content\/uploads\/infografia-ley-de-tierras-683x1024.png 683w, https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/wp-content\/uploads\/infografia-ley-de-tierras-768x1152.png 768w, https:\/\/www.radiosanctispiritus.cu\/es\/wp-content\/uploads\/infografia-ley-de-tierras.png 1024w\" sizes=\"(max-width: 533px) 100vw, 533px\" \/><\/p>\n<h3>M\u00e1s derechos para quienes viven y producen en la tierra<\/h3>\n<p>Uno de los cambios con <strong>mayor impacto social se relaciona con las viviendas construidas por usufructuarios.<\/strong><\/p>\n<p>Por primera vez <strong>la legislaci\u00f3n establece expresamente los derechos de estas personas sobre las viviendas levantadas en las tierras entregadas en usufructo.<\/strong><\/p>\n<p>La ley reconoce incluso la posibilidad de <strong>legalizar esas viviendas como propiedad cuando se cumplan determinados requisitos.<\/strong><\/p>\n<p>Entre ellos se encuentran haber trabajado la tierra durante al menos cinco a\u00f1os, cumplir las obligaciones derivadas del contrato de usufructo y que la vivienda re\u00fana las condiciones establecidas para considerarse adecuada.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se incrementa hasta un cinco por ciento del \u00e1rea total la superficie destinada a construcciones productivas, porcentaje que podr\u00e1 ampliarse en actividades como la ganader\u00eda mayor, el tabaco o el caf\u00e9 cuando las tecnolog\u00edas empleadas as\u00ed lo requieran.<\/p>\n<h3>M\u00e1s seguridad jur\u00eddica para propietarios y herederos<\/h3>\n<p>La futura legislaci\u00f3n<strong> introduce cambios significativos en la transmisi\u00f3n de la propiedad privada sobre la tierra.<\/strong><\/p>\n<blockquote><p>Permutas, compraventas, donaciones y herencias podr\u00e1n realizarse mediante procedimientos notariales cuando exista acuerdo entre las partes o por la v\u00eda judicial cuando surjan conflictos.<\/p><\/blockquote>\n<p>La ley autoriza la compraventa de tierras entre campesinos propietarios, previa aprobaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Municipal de Asuntos Agrarios y sin superar los l\u00edmites m\u00e1ximos establecidos.<\/p>\n<blockquote><p>En materia de donaciones, se ampl\u00edan los beneficiarios potenciales a c\u00f3nyuges, parejas de hecho afectivas, familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y tambi\u00e9n parientes reconocidos por v\u00ednculos socioafectivos.<\/p><\/blockquote>\n<p>Otro elemento novedoso es el reconocimiento expreso del derecho de los propietarios a disponer por testamento de sus tierras y bienes agropecuarios, as\u00ed como la posibilidad de concertar pactos sucesorios para prevenir conflictos familiares tras el fallecimiento del titular.<\/p>\n<h3>Dos registros para fortalecer el control y la seguridad jur\u00eddica<\/h3>\n<blockquote><p>La norma prev\u00e9 adem\u00e1s la inscripci\u00f3n gradual de las tierras en el Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles, encargado de certificar la titularidad de los propietarios.<\/p><\/blockquote>\n<p>Paralelamente, se crea el Registro de la Tierra, destinado a controlar aspectos relacionados con el uso, la posesi\u00f3n y la entrega de tierras en usufructo.<\/p>\n<p>La coexistencia de ambos mecanismos pretende fortalecer la seguridad jur\u00eddica y mejorar la gesti\u00f3n estatal de este recurso estrat\u00e9gico.<\/p>\n<h3>Producci\u00f3n, sostenibilidad y desarrollo rural<\/h3>\n<p><strong>La futura ley incorpora por primera vez una regulaci\u00f3n integral sobre los distintos usos de la tierra.<\/strong><\/p>\n<p>Reconoce la agricultura de peque\u00f1a y mediana escala como parte de los sistemas alimentarios locales y la producci\u00f3n de mayor escala mediante polos productivos.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n legitima actividades complementarias como el turismo de naturaleza, el turismo rural, el turismo de aventura y el agroturismo, concebidos como fuentes adicionales de ingresos para las comunidades rurales y los productores.<\/p>\n<p>Junto a ello, establece obligaciones espec\u00edficas relacionadas con el uso sostenible de la tierra, la protecci\u00f3n de los recursos naturales y la conservaci\u00f3n de este medio fundamental de producci\u00f3n.<\/p>\n<h3>La agricultura por contrato gana espacio<\/h3>\n<p>Otro de los cambios relevantes es la institucionalizaci\u00f3n de la agricultura por contrato.<\/p>\n<p>Seg\u00fan explic\u00f3 Cruz Leg\u00f3n, <strong>la nueva legislaci\u00f3n flexibiliza modalidades de producci\u00f3n cooperada y crea mecanismos que permiten suministrar insumos, tecnolog\u00eda, financiamiento y asistencia t\u00e9cnica a los productores.<\/strong><\/p>\n<p>La agricultura por contrato se concretar\u00e1 mediante contratos de producci\u00f3n agraria, a trav\u00e9s de los cuales compradores y productores acuerdan condiciones espec\u00edficas de producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<blockquote><p>Para el Ministerio de la Agricultura, este mecanismo puede contribuir a mejorar la eficiencia productiva y fortalecer los encadenamientos entre los distintos actores del sector.<\/p><\/blockquote>\n<p>En conjunto, el proyecto de Ley de Tierra Agropecuaria y Forestal busca actualizar las reglas que rigen uno de los recursos m\u00e1s importantes para el desarrollo del pa\u00eds. La propuesta combina la continuidad de los principios hist\u00f3ricos de la Reforma Agraria con nuevas herramientas orientadas a incrementar la producci\u00f3n, fortalecer la soberan\u00eda alimentaria y ofrecer mayores garant\u00edas jur\u00eddicas a quienes viven y trabajan la tierra cubana.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En Cuba, la tierra contin\u00faa siendo el principal medio de producci\u00f3n para garantizar alimentos a la poblaci\u00f3n. Sin embargo, durante d\u00e9cadas, las normas relacionadas con su propiedad, posesi\u00f3n, transmisi\u00f3n y uso se dispersaron en m\u00faltiples disposiciones jur\u00eddicas. 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